por Abuelomateo Miér 06 Abr 2011, 12:57 pm
Al hilo de lo que comentaba ayer y la respuesta de betterocarrozón a continuación propongo algunos cambios:
Artículo 7º: Clases de Sesiones.
Las reuniones de la Asamblea General serán ordinarias y extraordinarias.
- La Asamblea General Ordinaria se reunirá necesariamente al menos una vez al año, dentro de los cuatro meses siguientes al cierre del ejercicio. Serán convocadas y presididas por el Presidente de la Junta Directiva y en su defecto por el Vicepresidente. En este caso, la asamblea deberá reunirse de un modo presencial, no obstante, dada la estrecha relación de esta asociación con las nuevas tecnologías y particularmente con internet a través del portal “bicigrino.com”, así como la dispersión geográfica de sus asociados, se entenderá cumplida la condición de asistencia presencial cuando los asociados se reunan al mismo tiempo en diferentes lugares siempre que todos los lugares estén conectados en tiempo real por medios telemáticos, en cada uno de los lugares de reunión esté presente, al menos un miembro de la Junta Directiva y los lugares alternativos de la reunión y el miembro de la Junta Directiva que hayan de estar presente en cada uno de ellos se hayan fijado y designado por la Junta Directiva en la convocatoria de la Asamblea General Ordinaria . Si alguno de sus miembros no pudiera acudir personalmente podrá delegar sus poderes por escrito a cualquier socio que tenga prevista y confirmada su asistencia. En ese supuesto, los asociados no podrán acumular más de dos votos.
El lugar o lugares en donde se reúna dicha asamblea serán propuestos y escogidos de un modo democrático por los asociados. En el caso de no existir una candidatura o quórum será la junta directiva la encargada de designarlos.
- Las Asambleas Extraordinarias se celebrarán cuando las circunstancias lo aconsejen, a juicio del Presidente, cuando la Directiva lo acuerde o cuando lo proponga por escrito una 25 % de los asociados.
- Dada la estrecha relación de esta asociación con las nuevas tecnologías y particularmente con internet a través del portal “bicigrino.com”, así como la dispersión geográfica de sus asociados se podrán celebrar asambleas extraordinarias por medios telemáticos tales como videoconferencias, chats, foros o los que se crean oportunos en cada momento siempre que sea propuesto por la Junta Directiva o por el 25 % de los asociados.
Artículo 8º: Convocatoria.
Las Convocatorias de las Asambleas Generales se realizarán por medio de anuncio a través del porportal “bicigrino.com”. El anuncio de la convocatoria deberá expresar el lugar o lugares o el medio telemático acordado, día y hora de la reunión así como el orden del Día con expresión concreta de los asuntos a tratar. Si la Asamblea se ha de celebrar simultáneamente en varios lugares, la convocatoria deberá designar cuáles son estos lugares y los miembros de la Junta Directiva que necesariamente deben de estar presentes en cada uno de ellos. Entre la convocatoria y el día señalado para la celebración de la Asamblea en primera convocatoria habrán de mediar al menos quince días, pudiendo asimismo hacerse constar si procediera la fecha y hora en que se reunirá la Asamblea en segunda convocatoria, sin que entre una y otra pueda mediar un plazo inferior a una hora.
Saludos a todos